CAPÍTULO IV
INFANCIA
Y
ADOLESCENCIA
ADOLESCENCIA, JUVENTUD E IDEOLOGÍA DE GÉNERO
LA HOMOSEXUALIDAD
La homosexualidad corresponde a una tendencia sexual que se inicia durante
el desarrollo afectivo de la persona. Es innegable que hay personas
con deseo homosexual, que se
impone al individuo que lo tiene y que a priori no lo ha escogido. El homosexual desde niño o niña se ve atraído sexualmente por
personas de su mismo
sexo, pero sólo
se considera homosexual
al individuo que de
manera exclusiva o predominante desea un socio sexual adulto de su mismo sexo, haya tenido o no relaciones físicas, pero no a aquél que sólo ha deseado
o tenido estas relaciones de modo accidental
y pasajero.
Para que sus hijos puedan
llegar a la heterosexualidad el mejor camino es que los padres
procuren que sea posible
y fácil para los chicos
identificarse con su padre y para las chicas con su madre.
La anatomía
humana apunta a la heterosexualidad. La homosexualidad se origina ordinariamente antes que el joven pueda tomar decisiones personales y
conscientes, por lo que no es extraño
que muchos de ellos crean que se trata de una inclinación
innata. La inclinación homosexual se
encuadra dentro de la condición psíquica del sujeto y no es algo que la persona
escoge. Incluso cuando
se declara en edad adulta, sus raíces son muy anteriores. En cuanto al lesbianismo elimina al hombre
de la relación sexual.
Sobre el así llamado matrimonio homosexual así piensa la Iglesia: “La
Iglesia cree que el hombre y la mujer, en el orden de la Creación,
están hechos con necesidad
de complementarse y para la relación
recíproca, para que puedan dar
vida a sus hijos. Por eso la Iglesia no
puede aprobar las prácticas
homosexuales” [i]. El matrimonio ha sido siempre considerado, en
todos los contextos
culturales, como la institución que legitimaba las relaciones sexuales y la filiación, y servía
para fundar una nueva familia. No es una unión
cualquiera, sino que tiene
naturaleza propia, propiedades esenciales y finalidades. Se pensaba de él, y aún hoy
lo es por la gran mayoría de la humanidad, como una unión
esencialmente heterosexual, entre
personas de sexo diferente,
que trata de crear una familia, es
decir realizar una comunidad de
amor estable, permanente y exclusiva, abierta a la vida y
que se diferencia de cualquier otro
tipo de relaciones, por lo que hasta ahora a la unión de la pareja homosexual no se la podía llamar matrimonio. En pocas palabras,
la Iglesia no acepta ni puede hacerlo que la unión
de una pareja
homosexual sea
un verdadero matrimonio.
Por su parte el cardenal
Bergoglio, hoy Papa Francisco, en carta del 20 de Junio del 2010, afirma sobre la Ley que implantó en Argentina el matrimonio
homosexual: “No seamos
ingenuos; no se trata de una simple
lucha política, es la
pretensión destructiva al plan de Dios. No se trata de un mero proyecto
legislativo (éste es sólo el instrumento) sino de una “movida” del padre de la
mentira que pretende confundir y engañar a los hijos de Dios”.
Recalquemos sin embargo
que el hecho de ser homosexual no pertenece
al orden moral. Las tendencias
en cuanto tales no son objeto de valoración moral. El sujeto que tiene tendencias
homosexuales no ha escogido tenerlas, y sería injusto
reprochárselas. Hay ciertamente que distinguir entre tendencia y conducta. Además, el tener una orientación homosexual no significa
que el sujeto quiera ejercerla como
actividad. Inclinación y comportamientos están relacionados, pero no se identifican,
ni se implican incondicionalmente. El homosexual, lo mismo que el heterosexual, tiene el deber de controlar su vida y
sus
actos sexuales, y de hecho muchos así
lo hacen, porque
la libertad humana se
extiende también a la sexualidad y afirmar
que es incapaz
de ello, es negar
que el homosexual sea persona libre.
Queda otra cuestión: ¿es posible para un homosexual llegar a la
heterosexualidad? La Ley que está
en Las Cortes afirma, lo mismo que
la ya vigente en la Comunidad de Madrid, esto: “Quedan prohibidas terapias que pretendan revertir la
orientación sexual o la identidad de
género de la persona, aún con el consentimiento de la misma o de sus representantes legales” [ii] y la sanción correspondiente considerada muy grave [iii] será de 20001 euros a
45.000 [iv]. Estos artículos representan una violación gravísima de los derechos
de los homosexuales, a quienes
no se permite disponer libremente de la propia
vida. Ello, en pocas palabras, es totalitarismo en
estado puro.
Lo curioso
del caso es que,
como afortunadamente, el mundo no empieza ni termina en España, cada vez hay más homosexuales en todo el mundo y por
supuesto también
en España, que llegan a la heterosexualidad. En Filosofía
se me enseñó que “contra el hecho no
valen argumentos”. Pero como
estamos en el Relativismo ya dijimos
que es la realidad la que debe adaptarse a mi ideología, y no al revés.
Considero también que la familia
normal, natural, la componen padres e hijos. Privar adrede a un niño
que le pueda educar un padre y una madre, me parece una insensatez. El derecho
del niño a tener un padre y una madre no puede ser sustituido por el derecho
del adulto a tener un hijo. La Asociación Española de Pediatría es contundente: “Un núcleo familiar con dos padres o
dos madres es, desde el punto de vista pedagógico y pediátrico, claramente
perjudicial para el armónico desarrollo y adaptación social del niño” [v]. El Papa
Francisco en su Exhortación Apostólica “Amoris Laetitia”, insiste en varias ocasiones
sobre el papel fundamental del padre en la Familia.
Y termino este capítulo con un par de noticias
políticamente incorrectas: Una hace referencia a la violencia de género, en realidad de sexo,
porque según los lingüistas en español las cosas tienen
género y los vivientes,
sexo. Los medios de comunicación constantemente nos informan
de mujeres asesinadas por sus compañeros sentimentales, mientras es rarísimo, o más bien en los grandes medios de comunicación
el silencio es absoluto, que nos informen
de lo contrario, cuando en realidad, el número de víctimas masculinas, mientras
hubo estadísticas de esto en España, que fue hasta el 2012, es algo superior al tercio. Por ejemplo en el mes de Noviembre del 2015 me enteré
que ese año 2015 llevábamos ya en esas
fechas 26 varones
asesinados por sus compañeras sentimentales. Tampoco se ha publicado que
en el 2016 hubo 16 homosexuales víctimas
de su pareja sentimental.
El pasado 9 de junio del 2016, los 47 jueces que integran
el pleno del Tribunal de Estrasburgo (el tribunal de Derechos Humanos más
importante del mundo), han dictado una sentencia por unanimidad, naturalmente
silenciada por el progresismo informativo, que establece textualmente que “no existe el derecho
al matrimonio homosexual”. La sentencia se basó en el artículo nº 12 del Convenio Europeo
de Derechos Humanos.
“La Convención Europea de
Derechos Humanos no obliga a ningún
Estado a ampliar el derecho al matrimonio a las parejas homosexuales […] el matrimonio
es claramente entendido como la
unión entre un hombre y una mujer”, aunque también es cierto que no se impide a
los Estados regular el matrimonio homosexual.
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